sábado, 28 de mayo de 2011

Se convierte en Ley elección de Diputados del Exterior

Santo Domingo, Republica Dominicana.- El Poder Ejecutivo solicitó al Presidente de la Cámara de Diputados, doctor Abel Martínez la devolución de las observaciones al Proyecto de Ley que Regula el Voto Dominicano en el Exterior, aprobada el pasado 10 de febrero por el Congreso Nacional.

Con esta disposición del Ejecutivo, el Proyecto de Voto en el Exterior, de manera automática se convierte en ley. Recientemente el Presidente de la Junta Central Electoral, doctor Roberto Rosario Márquez, reveló que el Presidente de la República, doctor Leonel Fernández,  le había prometido retirar del Congreso, las observaciones hechas al proyecto de ley, tal como ocurrió el pasado 24 de este mes de mayo.


La hoy Ley de Voto Dominicano en el Exterior, fue un proyecto  de la Junta Central Electoral, enviado al Congreso Nacional en virtud del artículo 96, numeral 4, de la Constitución de la República, que concede a la JCE el derecho a someter iniciativas  para la aprobación de leyes de acuerdo a su competencia.

En su misiva enviada al Presidente de la Cámara de Diputados  por el doctor Abel Rodríguez del Orbe, Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, se establece:
Cortésmente, por instrucciones del Honorable Señor Presidente de la República, doctor Leonel Fernández Reyna, agradeceré que Usted tenga a bien disponer la devolución de las observaciones al Proyecto de Ley que Regula el Voto Dominicano en el Exterior.

El proyecto de Ley  había sido remitido a la Cámara de Diputado el pasado 21 de febrero mediante el oficio No. 1876, porque fue el último organismo del Congreso que aprobó la pieza.

Para la ocasión el Poder Ejecutivo sugirió cambios en torno a los requisitos de tener la cédula y la inscripción en un registro de electores residente, lo que consideraba un obstáculo para el libre flujo del proceso de la votación, al agregar un esfuerzo de información, educación y comunicación que sobrecarga la capacidad de la Junta Central Electoral.

La observación cuestionaba la omisión de que el diputado o diputada de una demarcación deba residir en la misma durante el período por el cual fue electo y tampoco contemplaba que las personas naturalizadas sólo podrán ser elegidas 10 años después de haber adquirido la nacionalidad dominicana.
Sugería  modificar las  tres circunscripciones creadas por países, Estados y ciudades, ya que esto limitaría el ejercicio del derecho a elegir y ser elegido a la capacidad administrativa de la JCE.
Detalles

La  Ley que regula el voto dominicano en el exterior establece que los dominicanos podrán votar en las elecciones presidenciales del  20 de mayo del 2012 y podrán elegir siete diputados de ultramar, coincidiendo con las elecciones Presidenciales y Vicepresidenciales de ese día.

La iniciativa garantiza una representación de la Cuenca del Caribe, La Florida  y Latinoamérica con dos escaños; para Estados Unidos y Canadá, con tres escaños, y para Europa dos escaños. Se establece que la elección de los diputados en ultramar será plurinominal.

Con la Ley, se busca que la JCE empadrone a los dominicanos residentes en el exterior, a fin de que puedan ejercer su derecho al sufragio. A la fecha se han inscrito en el Padrón de Votantes de la JCE para el Exterior unos 202 mil electores.

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